Extranjeros deberán abonar sus multas de tránsito antes de abandonar el país
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El Ejecutivo decretó que los infractores que no acrediten su residencia legal en el territorio nacional deberán pagar sus multas antes de dejar el país. Hay excepciones para las ambulancias.
El Poder Ejecutivo publicó el decreto que obliga a los infractores de tránsito que no acrediten su residencia legal en el territorio nacional a abonar las infracciones de tránsito cometidas antes de abandonar el país.
El decreto exime de la aplicación de multas de tránsito por exceso de velocidad a “los vehículos de ambulancias, debidamente empadronados, generadas en el estricto cumplimiento del servicio de traslado de pacientes a fin de cumplir con tratamientos médicos inherentes a potencial riesgo de vida, tanto en jurisdicción nacional como departamental”.