Suspensión del Proyecto Neptuno: colectivos usaron los mismos argumentos que en 2004 cuando se frenó la privatización del agua

La vocera de Redes-Amigos de la Tierra del Uruguay, María Selva Ortiz, se refirió a la resolución judicial por la cual se suspende la construcción del proyecto Arazatí. 

El juez Alejandro Recarey ordenó “no innovar” a OSE en la resolución por la cual suspendió las obras en Arazatí del Proyecto Neptuno, la desalinizadora de agua proveniente del Río de la Plata.

La decisión judicial suspendió la construcción de la desalinizadora propuesta por Aguas de Montevideo, un consorcio de empresas (Saceem, Berkes, Ciemsa y la brasileña Fast Industria e Comércio) que firmó un contrato PPP con OSE. La demanda fue presentada por la Comisión Nacional de Defensa del Agua y la Vida, y de la organización Tucu Tucu.

En diálogo con INFO24, la vocera de Redes-Amigos de la Tierra del Uruguay, María Selva Ortiz, explicó que ahora se está a la espera de la sentencia del juez con respecto a la medida cautelar de no innovar en el contrato del proyecto Neptuno.

“El juez hace lugar a la medida cautelar, por lo tanto, el dictamen del juez, la sentencia es que OSE no puede firmar el contrato hasta que no se diluciden las objeciones que se había puesto, principalmente analizar si el proyecto no va, no está contra lo que dispuso el artículo 47 de la Constitución, no va a afectar la salud, el ambiente”, detalló la activista ambiental.

“Creo que esta medida cautelar es histórica. Desde marzo de 2021 las organizaciones sociales veníamos pidiendo acceso a la información, a la participación, con respecto al proyecto Neptuno. Nada de eso ocurrió y tuvimos que ir hasta la Justicia. Un juez escuchó a las partes, escuchó a la academia que no había sido escuchada por el ministerio de Ambiente, para decir que ese no es el lugar y que esta no es la solución”, prosiguió.
Ortiz señaló también que el magistrado considera que el este proyecto viola el artículo 47 de la Constitución.

“Esto no se condice con que todos los servicios de aguas y saneamiento sean prestados directa y exclusivamente por personas jurídicas y estatales, que fue lo que dice el artículo 47 y lo que el pueblo uruguayo respaldó en octubre de 2004, para frenar las privatizaciones de agua”, agregó.

Al respecto, sostuvo que en este caso “tuvimos que retomar los mismos argumentos que cuando defendíamos el artículo 47, cuando defendíamos e impulsábamos la reforma que el 65% del pueblo votó”.

Consultada respecto a cuáles serán los próximos pasos, la vocera detalló que ahora el juez elevará su decisión al Tribunal de Apelaciones para que ratifique la sentencia. Los colectivos cuentan con 30 días para presentar en el juicio las razones por la cual entienden que este proyecto es inconstitucional.

¿Qué se votó en el plebiscito de 2004?

Junto a las elecciones nacionales del 31 de octubre de 2004, donde el triunfador fue el Frente Amplio habiendo obtenido mayoría parlamentaria, con la mitad más uno de los votos a favor, se realizó el plebiscito del agua en Uruguay que determinó una reforma constitucional que dejó en manos del Estado la distribución de agua potable y saneamiento en Uruguay. La propuesta tuvo un respaldo del 64,58% de los electores.

La privatización del agua potable comienza en Maldonado, a través de la participación de las empresas francesa y española Suez y Aguas de Barcelona, respectivamente.

Fue la Comisión Nacional de Defensa del Agua y la Vida, integrada por el sindicato de OSE y grupos de la sociedad civil, que impulsaron el plebiscito para determinar quién gestionaría el agua.

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